Lanzamos una ayuda económica para facilitar tu vuelta a Aragón

Lanzamos una ayuda económica para facilitar tu vuelta a Aragón

Una ayuda de hasta 3.000 euros dirigida a menores de 36 años

Miércoles, 31 Julio 2019

Desde el Plan de Retorno del Talento Joven Aragonés seguimos avanzando para ofrecer más y mejores servicios a los aragoneses y aragonesas que están fuera de Aragón y desean volver. Además de los servicios de asesoramiento (para el empleo y para el emprendimento), el coaching emocional y la asistencia técnica en trámites, hemos lanzado una línea de ayuda de hasta 3.000 euros para facilitar tu vuelta a Aragón

Esta ayuda está dirigida a menores de 36 años que quieran volver a Aragón y, entre los gastos que cubre están los gastos de desplazamiento y los de alojamiento en Aragón en el momento de la vuelta.

A continuación puedes consultar quién puede beneficiarse y el detalle de estos gastos subvencionables. Al final de este artículo tienes acceso a la Orden que regula esta ayuda y a los documentos para su solicitud. Si tienes dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto o bien a través de tu mediador/a.

¿Quién puede beneficiarse de las ayudas al retorno?

Jóvenes menores de 36 años que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un periodo mínimo de doce meses, dentro de los últimos quince años anteriores al 1 de enero de 2019, que residan o trabajen fuera de Aragón y reúnan alguno de los siguientes requisitos:

  • Haber nacido o haber estado empadronadas como mínimo un año, antes de su salida fuera de Aragón, en alguna localidad de la misma.
  • Haber obtenido titulación oficial en algún centro de formación de Aragón.

¿En qué consiste la ayuda al retorno?

Se trata de una ayuda económica de hasta 3.000 euros por persona beneficiaria. Los gastos que pueden ser subvencionados por esta ayuda son:

  • Gastos de desplazamiento: la cuantía máxima de la ayuda será el importe del billete o pasaje dentro de la tarifa correspondiente a la clase turista o equivalente de la persona beneficiaria, así como los de los familiares a su cargo que convivan con ella, desde la localidad de origen a la del nuevo destino.
  • Gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres desde la localidad de origen hasta Aragón.
  • Gastos de alojamiento y/o guardamuebles, cuando no se disponga de residencia habitual, durante dos meses desde el regreso de la persona beneficiaria. Se podrán incluir igualmente los gastos correspondientes a la fianza.

Tienen la consideración de familiares el cónyuge o la persona con quien conviva en análoga relación de afectividad a la conyugal y descendientes dentro del primer grado de parentesco que convivan con la persona beneficiaria.

Puedes consultar toda la información y condiciones sobre esta ayuda en la página del Boletín Oficial de Aragón, donde además podrás descargar los documentos necesarios para su tramitación.